Consejo de Administración
Colegiado
Cabildo de La Gomera.
Corresponde al Consejo de Administración:
a. Designar los miembros del Consejo que han de firmar las acciones representativas del capital social.
b. La fijación de los precios o tarifas de los servicios que se prestan.
c. La adquisición de bienes materiales y efectos de todas clases con destino al cumplimiento de los fines sociales.
d. Reclamar y percibir cuantas cantidades en metálico, efectos y valores, además de otras especies, deban ser entregados a la Entidad, sean quienes fueran las
personas o entidades obligadas al pago, la índole, cuantía, determinación y procedencia de las obligaciones, liquidar cuentas, fijar y finiquitar saldos y formalizar recibos y descargos.
e. La administración en la forma más amplia del patrimonio social, conservándolo ydefendiéndolo, incluso con el ejercicio de toda clase de acciones, así como los derechos, recursos e ingresos, que por cualquier concepto pudieran corresponderle.
f. La enajenación del patrimonio, tanto por venta, permuta o cesión, y respecto a los bienes inmuebles y a los derechos reales que sobre éstos pudieran corresponderle
sólo ejecutando acuerdos de la Junta General; para la enajenación de bienes inmuebles necesitará la previa autorización de la Junta General.
g. Constituir y retirar depósitos, consignaciones, abrir y cerrar y liquidar cuentas corrientes y de crédito, en los Bancos, Caja General de Depósitos y otros establecimientos con o sin garantía y bajo toda clase de condiciones.
h. Nombrar al Gerente.
i. Designación, fijación de retribuciones y cese de todo el personal.
j. Ejecutar toda clase de acciones o excepciones, en juicio y fuera de él, ante toda clase de Tribunales de orden civil, penal o social, económico o contenciosoadministrativo, en cualquier instancia, y ante corporaciones, autoridades o contra particulares, en reclamación de los bienes, derechos y acciones de la Entidad o de su pertenencia.
k. Proponer a la Junta General, a los efectos de su autorización, las estipulaciones para la celebración de los contratos de compra-venta o gravamen de inmuebles, ya sean en documento público o privado.
l. Acordar las convocatorias de la Junta General de la Entidad, tanto ordinarias como extraordinarias, en los casos en que deba reunirse con arreglo a los Estatutos.
m. Formular en el plazo de tres meses, contados a partir del cierre del ejercicio social, las cuentas anuales, el informe de gestión y la propuesta de distribución de beneficios.
n. Gestionar todos los asuntos propios del giro o tráfico de la Empresa, que no estén encomendados por la Ley o por los Estatutos a la Junta General.
Está compuesto por:
- Casimiro Curbelo Curbelo, Presidente
- Anibal Ramón González Mendoza, Vice-Presidente
- María Isabel Méndez Almenara, Vocal-Consejera
- Miguel Rodrigo Melo Herrera, Vocal-Consejero
- osé María Morales Herrera, Vocal-Consejero
- Christian Méndez Benedetti, Vocal-Consejero
- Santiago E. Martín Francisco, Secretario